Creg responde a Petro: ‘Órganos reguladores deben ser independientes’ – Sectores – Economía

Tras la decisión del presidente Gustavo Petro de regular los servicios públicos, el Comité de Expertos Creg Asegúrese de que las organizaciones reguladoras siempre deben tener una naturaleza independiente para poder asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, conformes y técnicas.

(Puede leer también: Incertidumbre ronda en el sector eléctrico por anuncios de Petro)

“Esto permite que los agentes regulados, así como el público en general, perciban objetividad, neutralidad y transparencia por parte del Estado. Asegura que el Estado logre que los agentes adapten su conducta a las multas constitucionales y legales de respeto por la libertad económica y de empresa, al tiempo que establezca las reglas aplicables para limitar su actividad, en pro del interés social”, dijo a través de no divulgado.

Igualmente, el ente regulador recordó que el Gobierno nacional ya participa en la Comisión, toda vez que esta se encuentra presidida por el Ministerio de Minas y Energía, y tienen asiento el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Funciones de la Cred

Él Creg contó que la Ley 142 de 1994, en su artículo 69, creó las Comisiones de Regulación como unidades administrativas especiales, con independencia administrativa, técnica y patrimonial, y adscritas al respectivo ministerio. Por su parte, la ley 143 de 1994, la complementó y estableció el régimen para la generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica en el territorio nacional; los finos específicos de la intervención del Estado en este sector y las responsabilidades de las distintas autoridades del mismo.

“El Comité resalta que las leyes 142 y 143 de 1994 son complementarias, y la ley 143 asignó directamente a la Comisión de Regulación de Energía y Gas la función de regular el servicio de electricidad”, dijo a través de un comunicado.

Como resultado, la Creg tan pronto como comienza a cumplir las funciones que le asignó la Ley 143 de 1994 incluyendo, además de definir la metodología para el cálculo de las tarifas de energía y su aprobación, la creación de las condiciones para asegurar la disponibilidad de un suministro de energía eficiente, capaz de abastecer la demande bajo criterios sociales, económicos, ambientales y de viabilidad financiera , promotor y conservador de la competencia; establecer, establecer el reglamento de operacion para realizar la planificacion y igualmente coordinar la operacion del sistema interconectado nacional, entre otros.

“Es por esto, que las organizaciones reguladoras deben tener una naturaleza independiente para asegurar que sus decisiones sean objetivas, imparciales, conformes y técnicas”, dice.

Jorge Gómez Iglesias

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