Él Audiencia Provincial de Madrid deberá indemnizar a la expresidenta de la Comunidad de Madrid cristina cifuentes con 30.000 euros por vulnerar su derecho a la intimidad personal al difundir en 2011 el vídeo en el que vinculaba a la exdirigente del PP con un presunto robo de cremas antiarrugas en uno de sus establecimientos.
El laudo consideró parcialmente el recurso del exdirigente del PP contra una decisión anterior del Juzgado de Primera Instancia número 82 de Madrid, qu’absolvió a la cadena de supermercados.
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La ley que regula el uso de cámaras de video de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en espacios públicos, el artículo 8 señala que las grabaciones serán destruidas en el plazo máximo de un mes desde su captaciónsalvo que estén relacionados con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, con una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto.
Según la resolución judicial, Eroski habría incumplido sus obligaciones de custodia y conservación de la grabación realizada, contribuyendo así a la difusión pública de unas imágenes que vulneraron los derechos básicos de Cifuentes.
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