En esta nueva entrega sobre las asambleas de propietarios de los conjuntos se siguen respondiendo preguntas que surgen mientras las copropiedades preparan su reunion anual.

¿Cuántos votos tiene el constructor?

La votación del constructor se hará de acuerdo con su coeficiente de copropiedad y tiene todos los derechos, en proporción a las unidades no transferidas. La asamblea debe respetar los derechos de los constructores, especialmente cuando se busca proteger el déarrollo, transferencia y entrega de las unidades privadas de todas las etapas. Es necesario consultar cada reglamento de propiedad horizontal.

¿Qué sucede cuando se han otorgado las escrituras de compraventa, pero estas no se han registrado?

La asociación es de propietarios y solo tienen esta condicion quienes aparecieron como tales en el respectivo certificado de tradicion y libertad, es decir, quienes tienen escritura registrada. De lo contrario quienes los representen conservarán poder especial o general del propietario.

¿Qué asuntos no puede decidir la asamblea?

La asamblea ordinaria no puede tomar decisiones:
– Situaciones sobrias que hayan generado derechos adquiridos.
– Derechos del propietario inicial.
Modificar coeficientes sin consentimiento del propietario afectadosalvo que la Ley lo exija.
– Sobre los bienes privados y los derechos de sus propietarios sobre estos.
– Sobre los bienes comunes de uso exclusivo

¿Los arrendatarios pueden tener nombramientos en la asamblea y en los consejos, aunque presenten poder de los propietarios cuando no hay asistencia a la reunión?

Cuando los arrendatarios asisten a la asamblea en representación de los propietarios, la designación para cualquier carga recae en estos últimos, no en los representantes o apoderados.

¿El nombramiento del revisor es por un año (tiempo entre asambleas ordinarias) o por término indefinido?

Se debe consultar el reglamento. Si no se prevé para otra disposición, el número es por un año. Salvo que el reglamento lo interdict, la asamblea puede reelegirlo.

Addemas:
– Asambleas de propietarios (I): ¿presenciales o no presenciales?
– Asambleas de propietarios (II): convocatoria, asistencia y orden del día
– Asambleas de propietarios (III): multas, morosos y otros aspectos

Nora Pabón Gómez
Abogada – Asesora Externa

Consultante

Envidia su pregunta, muy concreta y sin anexosal correo: redaccioneconomicas@eltiempo.com