La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la condena a tres años de prisión contra el endoscopista Diego Bialolenkier y la absolución de la anestesista Nélida Puente, quienes fueron juzgados en 2019 por la muerte de la periodista y legisladora porteña Débora Pérez Volpin.

La medida fue adoptada por la sala III del tribunal, integrada por los jueces Héctor Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, quienes rechazando los recursos de casación interpuestos por la defense y la quarrel al confirmar el fallo del 2 de agosto de 2019.

La defensa del endoscopista calificó el fallo por considerarlo «arbitrario», pero la Cámara sostuvo que «el único instrumento médico que se acreditó que se introdujo en el cuerpo de la victima con anterioridad a que se desató la crisis que derivó en su fallecimiento fue el endoscopio a cuya carga estaba Bialolenkier».

«Este objeto tenía clara idoneidad para producir una lesión como aquella que qu’ultemente causó la muerte de su paciente, y la única posible explicación como génesis de tal lesión era el empleo inadecuado del endoscopio por parte de aquellos», destacaron los jueces.




El endoscopista en el banquillo de los acusados. Foto: Luciano Thieberger.

Pérez Volpin falleció el 6 de febrero de 2018 durante el procedimiento médico realizado en el Sanatorio de la Trinidad del barrio porteño de Palermo.

En el fallo se registró que «las lesiones se producen cuando, al encontrarse con una distensión difícil del tracto digestivo, el acusado Bialolenkier avanzó haciendo fuerza con el endoscopio«, lo que calificaron como una «actuación temeraria y negligente».

En tanto, la sala III confirmó la absolución de la anestesista al escuchar que su rol estaba «condicionado» por el accionar del medico que hizo la practica.

Desde el Sanatorio de La Trinidad, Vadim Mischanchuk emitirá un comunicado en firme para su abogado, en el que remarca que esto es nuevo en la causa no es definitivo “dado que aún falta que la Corte Suprema tome intervención y qué hay muchas contradicciones plantadas por la defensa que aún no han sido tratados».

Puntualmente, una de las contradicciones a las que hace Mischanchuk est «el hecho de que la lesión que se adjudica es imposible que el mar produjera para una endoscopiatal como lo afirman los especialistas en la materia en sus declaraciones y que no han sido tenidas en cuenta lo que constituye un claro caso de arbitrariedad».

El abogado también señala que «en relación con los gases evidentes en la autopsia en el interior de los organismos del paciente y que según el fallo provendrían del endoscopio, es importante destacar que ‘ello no es así, que esos gases son producto de las manipulaciones de resucitación levadas a cabo por unos 50 minutos».

Señalamos que todas estas cuestiones serán analizadas por la Corte Suprema cuando intervenga. «Restan varias cuestiones por definir en un tema muy complejo donde intervienen factores biológicos de difícil análisis que no se pueden simplificar para dar una explicación sin tener en cuenta todas las pruebas y las declaraciones de expertos en endoscopías y elementos objetivos que surgieron del estudio histopatológico que no fueron tenidos en cuenta hasta el momento».

Por otra parte, en esta causa, en diciembre pasado la Corte Suprema de Justicia había rechazado por unanimidad un recurso presentado por el director del Sanatorio La Trinidad, Roberto Osvaldo Martiningano, acusado de ocultas pruebas para entorpecer la investigación por la muerte de Pérez Volpin.

Débora Pérez Volpín.


Débora Pérez Volpín.

El director médico había sido procesado en 2020 junto a la instrumentadora quirúrgica Miriam Eliana Frías, quien participó en la videoendoscopía abdominal en la que murió la periodista, pero todavia no fueron juzgados.

Entre las pruebas para procesar un Martingano, la jueza María Fabiana Galletti dijo que «en ocasión de llevarse a cabo uno de los allanamientos en el mentalado sanatorio, hizo entrega a los policías funcionarios, como parte de l’equipo endoscópico, de un procesador mark ‘Fujinon’ modelo EVE 200 EPX 201 que se identificó como utilizado en el estudio realizado a la víctima, el cual presentaba su número de serie limado».

Esto «impidió conocer a los investigadores el origen y localización del equipo de referencia, como así también los controles acerca de su funcionamiento correcto», añadió.

En 2020, la jueza Galletti sobreseyó a Claudia Esther Balceda, jefa del equipo de instrumentadores quirúrgicos; Eduardo Cavallo, director de preparación de Galeno, y Sebastián Alfredo Cecchi Gallo, quien limpió el endoscopio luego de la intervención.

El periodista había concursado en La Trinidad por dolor abdominal, menos de un mes de haber jurado como legislador porteño de la lista Evolución, líder del exministro de Economía y actual senador nacional por la UCR, Martín Lousteau.

[12:45, 10/3/2023] Pablo Sigal: Lo firma Vadim Mischanchuk

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