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Miembros de la Comisión para la Seguridad y Represión de Estupefacientes propusieron una reforma legal con el objetivo de sancionar a las personas que intenten introducir dispositivos de comunicación en los recintos penitenciarios.

Esta iniciativa busca reprimir las actividades delictivas dentro de las prisiones mediante la emisión de cargos penales contra quienes introduzcan ilegalmente equipos de comunicación.

Según la Administración de Ajuste Social, entre octubre y diciembre de 2023, policías penitenciarios confiscaron 784 teléfonos celulares y 563 chips internacionales de países tan diversos como Honduras, Nicaragua, Panamá, Guatemala, El Salvador, Colombia y Estados Unidos.

La nueva propuesta de ley tiene como objetivo impedir la introducción ilegal en las cárceles de teléfonos móviles, teléfonos satelitales u otros dispositivos tecnológicos con el fin de establecer comunicación con el exterior, así como tarjetas SIM, enrutadores, adaptadores de red, cargadores o cables.

La modificación del Código Penal estipula que la introducción ilegal de dispositivos de comunicación en los centros penitenciarios puede ser castigada con dos a cuatro años de prisión, si no existe autorización legal para ello.

Para los funcionarios públicos, proveedores de servicios o productos, abogados u otras personas con facultades especiales de ingreso, la comisión de este delito se consideraría agravada.

La pena establecida se incrementaría en un tercio si se descubre que alguien ha introducido los mencionados aparatos electrónicos en las celdas de centros penitenciarios cerrados o si el responsable es un funcionario público.

Esta medida surge como respuesta a la decisión del Consejo Constitucional del 20 de junio de 2001, que establece que en materia represiva se debe asegurar la intervención del legislador y demarcar los derechos legales de los ciudadanos, lo que define las acciones concretas a seguirse. .

En relación con la facultad del legislador para determinar las normas penales, el Consejo Constitucional señaló que corresponde a la Asamblea Legislativa definir qué conductas deben ser consideradas delitos y ser sancionadas como tales, ya que la determinación de las obligaciones jurídicas que deben asumirse en la legislación penal se tiene en cuenta una decisión política de naturaleza que corresponde al legislador.

La adopción de esta ley requiere la decisión unánime de los representantes presentes. Además, al tratarse de una iniciativa que debe ser consultada con la Corte Suprema de Justicia, es importante tener en cuenta que en caso de oposición de esta instancia se requerirá la aprobación plena de los votos emitidos.

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