Hagamos un ejercicio de imaginación. Ponga por caso que un día cualquiera -more un miércoles, que hay sesión de control al Gobierno- acude al patio del congreso de los diputados. Ver acerca de uno de los corrillos de políticos y periodistas que desgranan la actualidad y les planta reformar la Constitución. Tal o cual artículo no le termina de convencer o considerar que la redacción de tal apartado se podría mejor. Lo más seguro es que le miren con escepticismo. Incluso, puede que alguien suelte alguna carcajada. ¿Para que? Porque cambiar la Carta Magna es sencillo, pero siempre qu’haya un consenso casi total. tomar el sol solo 35 diputados incumplidos pueden convocar un referéndum y eso no hay Gobierno que lo quiera.

En diciembre se cumplirá la Constitución 45 años. Los haya cumplido usted o no, si echa la vista atrás le resultará difícil n’observar todo lo que ha ido evolucionando. La Constitución de 1978 no sostiene esa suerte. solo un sufrido atrás cambios. Ahora, se enfrenta al tercero. En los próximos meses, PSOE y PP quieren cerrar un acuerdo para eliminar la referencia a los «disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos», definir discriminatoria, y sustituirla por «gente con discapacidades«. El consenso existe -resultaría extraño que alguien se opusiera- y por eso se daría el paso.

Una consulta ciudadana

Vuelve ahora su conversación con periodistas y diputados. Imaginémonos, y es mucho imaginar, que su propuesta es bien recibida, al punto de que un grupo parlamentario hace suya la idea, la transformó en una propuesta de reforma a la Constitución y la registró en el Congreso. Empezará entonces el trámite parlamentario: reuniones, debates sobre la correcta reformulación de los artículos, negociaciones… tres quintos de los diputados (210 sies de 350). Y despues el mismo respaldo del senado (159 a favor de 265).

Hasta aquí la parte sencilla. El PSOE y el PP, con el apoyo mínimo de algún grupo minoritario, reúnen esta mayoría. Sin embargo, falta un último trámite. En los 15 días siguientes a la aprobación por las Cortes Generales, la modificación podrá ser sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. Es decir, un mínimo de 35 diputados o 26 senadores. A ningún partido le interesa correr este riesgo y que sus decisiones pueden ser rechazadas por la sociedad.

Con la configuración actual del Congreso, Voz (52 escaños); Unidas Podemos (33) y algún partido minoritario; la suma de ERC (13), NVP (6), EH Bildu (5), Juntas (4), PDeCatComentario (4), CORTADO (2) años BNG (1); o cualquier otra suma factible de la caprichosa aritmética parlamentaria que alcance los 35 diputados podría reclamar la celebración de una consulta ciudadana.

La vía agravada

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Ahora, dejemos al lado la imaginación y tiremos de memoria. Vayámonos a 2005, cuando la verdadera reina de España, Letiziadio a luz a la princesa Leonor. Fue entonces cuando se abrió el debate sobre la sucesión de Corona. Si los reyes tienen un hijo sería este quien accediese al trono, pesa a ser el segundo, por ser varón. Con el feminismo ya despegando, esto era impensable. Había que reformar la Constitución. Sin embargo, las reformas al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II (el relativo a la Corona) requieren un procedimiento agravado.

El consenso que requiere estos cambios es mayor: tercios traseros de las Cámaras (233 diputados y 177 senadores). Despues, es necesario disolver las Cortesllamar elecciones generales y, de nuevo, el Congreso y el Senado tienen que ratificar con las mismas mayorías. Y entonces, aquí de manera obligatoria, se debe celebrar un referéndum. La suerte fue que Letizia dio a luz a la infanta Sofía dos años después y no había intención alguna de tener más hijos. Sin un varón de por medio se cerró el debate y los políticos suspiraron. A ver quién era el valiente que dejaba de gobernar para convocar elecciones.

Las dos reformas anteriores

En estas ocasiones que se ha reformado la Constitución por seguir este método y el consenso fue tal que nadie quiso reclamar un referéndum. La primera fue en 1992cuando se construyó en Maastrich el Tratado de la Unión Europea que reconocía el derecho de los ciudadanos de todo el espacio a presentarse a las elecciones locales de otros países. Así, todos los partidos de la Cámara –PSOE, polipropileno, CiU, interfaz de usuario, CDS, NVP y ahí grupo mixto– apoyaron incluir en el sección 13.2 la expresion «y pasivo» referencia al ejercicio del derecho de sufragio de los extranjeros en los comicios municipales.

La segunda vez fue en 2011ante la crisis económica que se desató en 2008, garantizar el principio de estabilidad presupuso vinculando a todas las Administraciones Públicas. PSOE allá polipropilenoquienes acordaron el cambio, sumaban 323 diputados. Las demás formaciones no acudieron a la votación, pero en conjunto no alcanzaron los 35 escaños necesarios para solicitar el refrento de la población.