La Ley 1943 de 2018 estableció la eliminación del monotributo, que es un tributo voluntario y alternativa al impuesto sobre la renta, según el Ministerio de Hacienda.

En su lugar, se creo el Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributaciónal que pueden pertenecer personas jurídicas y naturales, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley. Este régimen cambió en el 2022 con la Ley 2277.

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De acuerdo al portal ‘Gerencia’, El régimen simple de tributación es un sistema en el que se unifica el pago de varios impuestos para simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.

Dicho system hace que las obligaciones formales de los subjectos objecto de estas, pueden presentar una declaración anual con el cubrimiento de tres impuestos diferentesen lugar de realizar una por cada impuesto.

como mismo, el sistema que pretende facilitar el proceso de tributo de los contribuyentesya sean personas naturales o jurídicas, cuyos ingresos no excedan los 80.000 UVT -Unidad de valor tributario-.

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Cada contribuyente escoge si desea acogerse a este régimen, teniendo en cuenta que debe cumplir ciertas condiciones que exige la ley a saber:

«Las personas naturales o jurídicas que pretenden optar por acogerse al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE y cuenten con inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) deberá hacerlo mediante la actualización en este mecanismo de la responsabilidad como contribuyentes del SIMPLE hasta el último día habil del mes de febrero del año gravable para el que ejerce la opción”.

Así mismo, la norma anota que quienes deseen inscribirse por primera vez en el Registro Único Tributario (RUT) y registrarse en el SIMPLE, pueden hacerlo cuando deseen. Únicamente, al momento de diligenciar el formulario, deben indicar su intención de acogerse a este régimen.

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Los contribuyentes que se inscriben en SIMPLE no estarán sometidos al régimen ordinariono obstante, deben permanecer en este régimen por un año grabable completo, es decir, de enero a diciembre, aunque se hayan inscrito el último día hábilmente disponible para hacerlo.Así mismo, debe tener en cuenta que si se acoge a este régimen, se hacen páginas bimestrales, así se declara anualmente.

Regresa el impuesto al consumo

LUZ ANGELA DOMÍNGUEZ CORAL
ALCANCE DIGITAL DE REDACCIÓN
EL TIEMPO

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