La campaña de la declaración de la Renta se inició de forma general en España en el verano del 11 de abril, pero hay una comunidad en la que esta obligación de los contribuyentes funciona de diferente: es la Comunidad Foral de Navarra.

Esto ocurre porque el sistema de cotización de esta comunidad y del País Vasco, “tienen potestad para mantener, establecer y regular su régimen tributario. Implica que la exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales”.

Los plazos de la declaración de la Renta de Navarra del 12 de abril al 23 de junio. Otras de las grandes diferencias son que en Navarra no es el contribuyente quien hace el borrador y lo presenta ante Hacienda, sino que es la propia administración quien hace una propuesta a los ciudadanos de los que tienen datos.

De hecho, el Diario de Navarra indica que Hacienda de Navarra ya ha conficcionado 203.145 propiestas declaración, de las que el 60,7% salen a devolver. Además, el 19 de abril hubo un procedimiento de traspaso por 105 millones de euros.

Cómo consultar el Borrador de la Renta en Navarra

Los navarros recibirán las propuestas mediante correo en papel (para los mayores de 65 años, que no deben hacer nada si todos sus datos son correctos), Mediador online web.renta.navarra.espresente en las oficinas de Hacienda con cita previa, por teléfono con cita previa o en entidades colaboradoras.

Dado que la campaña de la Renta en la Comunidad Foral de Navarra empezó el 12 de abrilYa se puede consultar el borrador o propuesta que hace la administración.

Los contribuyentes podrán hacerlo en la web renta.navarra.es y desde este momento se inicia el plazo de las declaraciones por internet. Para hacerlo, será necesaria la identificación con Cl@ve, DNI+ PIN o Certificado Digital.

Además, se puede procurador enviar una copia de la declaración y de los datos tax de los ejercicios 2020 y/o 2021 al domicilio fiscal que consta en la base de datos de Hacienda Foral de Navarra.

Esta campaña, correspondiente al ejercicio 2022, presenta algunas novedades como la deflación del 2% de la base arancelaria liquidable general o el 5% de incremento de los mínimos personales y familiares con un incremento adicional de 100 euros para personas con rentas inferiores a 30.000 euros. En este sentido, el mínimo para hacer la declaración son 12.600 euros.